Lo primero, puntualizar que la huelga convocada por CGT es LEGAL y estáis convocados todos los trabajadores y trabajadoras de todos los talleres afectados por cualquier activación a lo largo del año.
1.¿Cuál es el objetivo de estas huelgas? Mejorar la conciliación de las personas ligadas a los sistemas variables, facilitándoles desde CGT la herramienta para que puedan no acudir al trabajo los días de activación (fines de semana y festivos), mejorando así su calidad de vida.
Por otro lado, presionar a la empresa para que a partir de ahora afine en las aperturas de los calendarios y se lo piense dos veces antes de activar días. Por eso es importante que TODOS/AS los afectados/as nos lo tomemos muy en serio, priorizando nuestra vida familiar y social a nuestra disponibilidad.
2. ¿Es necesario avisar a la empresa? En ningún caso es necesario comunicar al mam tu decisión de hacer o no huelga. Es más, el simple hecho de que te pregunte si vas a hacer huelga, puede considerarse una vulneración del derecho de huelga (con lo cual no estás obligado a responder). Por tanto, al estar debidamente anunciada, el día de la activación/huelga puedes directamente no presentarte al trabajo.
3. ¿Qué ocurre con el sueldo el día de activación si no acudo a trabajar? Durante las jornadas de huelga se descontará de tu nómina el sueldo correspondiente al día de huelga y la parte proporcional de las pagas extras (unos 150€ brutos/115€ netos). Por aclarar suspicacias, a los delegados sindicales de CGT también se les descuenta ese día.
4. ¿Puedo ser sancionado por hacer huelga? El empresario no puede despedir, ni sancionar por el hecho de hacer huelga. Si lo hace, estaría vulnerando el derecho fundamental a la huelga y su decisión sería declarada nula. El derecho a huelga está por encima del derecho al trabajo.
5. ¿Pueden llamar para trabajar, durante los días de huelga, a compañeros que estén de descanso? NO, de ninguna manera. El objetivo que se persigue al hacer huelga, es presionar a la empresa para mejorar las condiciones laborales de toda la plantilla sujeta a los sistemas variables. El que acudiesen trabajadores fuera de su calendario o incluso ocupando puestos que no les corresponde sería denunciable, siendo considerado esquirolaje.
6. ¿Puede la empresa darme el papel de servicios mínimos? Desde CGT manifestamos que Michelin no es una empresa imprescindible para mantener los servicios esenciales de la comunidad, no obstante ante las denuncias que hemos tramitado, la justicia ha resuelto a favor de la empresa, por lo tanto es legal que la empresa te informe por escrito o por burofax que estás convocado para servicios mínimos o de cierre y arranque de máquina.
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