EL SUPREMO TUMBA LA CONTRATACIÓN FRAUDULENTA DE MICHELIN Y SUS CÓMPLICES

Es ALUCINANTE como estos “sindicatos” defienden la contratación en fraude que realiza Michelin. Lo que en otras empresas denuncian por ilegal, aquí lo aplauden, eso significa que están de acuerdo en empeorar las condiciones de contratación que recoge el Estatuto de los Trabajadores para los nuevos ingresos y lo hacen de dos formas.

 

1.- Traicionándoles, condenándoles a cobrar una media de 700 € mensuales menos que sus compañeros. Algo que denunciamos también en el Supremo y lo perdimos, por entender los jueces que los plazos para conseguir el salario del puesto eran máximos, cuando la realidad es que al 99% de los contratos les aplican el salario de ingreso apurando los plazos.

 

2.- Dicen apostar por la contratación indefinida, incluso plasmándolo en la plataforma de negociación del convenio y por otro lado, asumen e intentan justificar la contratación en fraude.

 

A continuación transcribimos el extracto de la plataforma de negociación que todos ellos dicen defender:

 

EMPLEO: Independientemente del modelo de contratación utilizado para atender las diferentes circunstancias productivas en los centros de trabajo de MEPSA, el tiempo máximo de permanencia en contratación temporal será de 12 meses.

 

Alguien puede entender que defiendan el párrafo anterior y por otro lado defiendan también la contratación en fraude ligada a los contratos por obra y servicio y a continuación otros 36 meses de Contrato indefinido por jornada variable. O sea, 60 meses hasta conseguir ser indefinido sin cláusula alguna.

 

Por otro lado, atacan a CGT porque somos el único sindicato que defiende  que la empresa respete la ley frente a la contratación y ellos se escudan en que es un buen acuerdo ilegal.

 

Es al menos kafkiano, que en vez de posicionarse con CGT y denunciar una ilegalidad, se posicionen del lado del que incumple, en vez del lado de sus representados.

 

También observamos como en los distintos centros, la política de Michelin es no renovar contratos eventuales si no les necesita o si según sus percepciones no dan el perfil del puesto, y eso pueden hacerlo porque el artículo 32 no asegura la continuidad de ningún contrato, todo lo contrario de lo que ellos quieren hacernos ver.

 

La sentencia dice simplemente que la contratación por obra y servicio y la concatenación de contratos es ilegal, y lo dice el Tribunal Supremo no CGT, y estos sindicatos siguen defendiendo la contratación en fraude como si les fuera la vida en ello. ¿Qué intereses se esconden para defender esta ilegalidad?. ¿Por qué no reconocen abiertamente que han metido la pata y defienden los intereses de toda la plantilla?

 

Hablando con las distintas inspecciones de trabajo, quedan desconcertados y confundidos al ver que estos sindicatos no se posicionan junto a CGT para defender la contratación indefinida y en vez de intentar mejorar las condiciones de contratación recogidas en el E.T. las empeoran.

 

Valladolid a 27 de noviembre de 2019

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